Las casas y agencias de cambio deberán mantener una responsabilidad patrimonial computable mínima -definida como el patrimonio neto menos los aportes pendientes de integración- de 10 millones de pesos en el caso de las casas de cambio, y de 5 millones de pesos en el caso de las agencias, dispuso este viernes el Directorio del Banco Central de la República Argentina dispuso, a través de la Comunicación A 6850.
A su vez, las casas y las agencias de cambio deberán constituir una garantía no inferior al 10% de la exigencia de capital que les corresponda. El incumplimiento de capitales mínimos o de la garantía dará lugar a la suspensión por 60 días corridos de la autorización para funcionar. De esta forma, el BCRA repuso la norma derogada durante el Gobierno de Mauricio Macri tras la eliminación de los controles cambiarios impuestos en la administración de Cristina Fernández de Kirchner. Según indicaron fuentes del BCRA a Ámbito, la norma dispuesta a las casas y agencias de cambio comienza a regir a partir del 31 de marzo próximo.
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